Una resolución del Juzgado de Primera Instancia en lo Electoral emitida este lunes dispuso la supresión y eliminación de los datos del precandidato a presidente por del movimiento Honor Colorado, Santiago Peña, del registro de afiliados del Partido Liberal Radical Auténtico.

Esta resolución obedece a una acción de Habeas Data promovida por el mismo Peña el 31 de agosto pasado, en la que él mismo aclara sobre su solicitud de afiliación a la Asociación Nacional Republicana, Partido Colorado, que tuvo lugar el 29 de octubre de 2016, la cual fue aceptada por la Junta de Gobierno.

El documento entre los puntos a considerar aclara que Peña ya había presentado su renuncia al Tribunal Electoral Independiente del PLRA, acompañando la nota con una copia autenticada de la resolución JG Nº 15/2016 donde se acepta su afiliación a la ANR, acción que la institución se negó a aceptar.

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Para el apoderado de la ANR, Eduardo González, la resolución es de carácter redundante, ya que el Artículo 57 de la Ley 834/96 estipula que la nueva afiliación a un partido anula a la anterior, así como el Art. 42 de la Carta Magna garantiza la libertad de organización y afiliación de los ciudadanos.

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