La cláusula segunda del convenio indica que la calidad profesional de los técnicos formados dentro del sistema formal de la educación media, se constituye en un factor fundamental para el mejoramiento de los recursos humanos.
El objeto del presente Convenio constituye el acuerdo entre las partes para la cooperación publico-privada para el gerenciamiento de las condiciones de expansión de la oferta de Educación Técnico Profesional.
En cuanto al cuarto punto del convenio, que establece las obligaciones, la cláusula indica que:
El MEC se compromete a garantizar la infraestructura edilicia, la contratación de personal calificado (Docentes y Personal Administrativo).-
La UIP se compromete a facilitar los Equipamientos necesarios para el funcionamiento de los talleres y laboratorios de la institución.
Se definen responsabilidades comunes de cada parte.-
Establecer vínculo fluido de comunicación a fin de activar y mejorar la colaboración entre las partes;
Dotar de equipamientos operativos, para el funcionamiento de cinco especialidades de Bachillerato Técnico al Centro de Estudios de Alto Desempeño (CEAD) de la ciudad de Luque; elaborar un plan de trabajo para la implementación, monitoreo y evaluación de la experiencia; y aunar esfuerzos entre ambas partes para el cumplimiento de sus fines cometidos.
El convenio en representación del MEC, será gerenciado y ejecutado por la Dirección General de Educación Media y en representación de la UIP por el Arquitecto Luis Tavella Hamuy Vicepresidente de Servicios Empresariales.
El convenio tendrá vigor a partir de la firma y tendrá una duración indefinida, pudiendo ser rescindido por cualquiera de las partes previo aviso, con anticipación no menor de seis meses, sin que esta rescisión afecte a los proyectos en ejecución.