"Las tasas de interés compensatorias, sobre operaciones activas o pasivas, en moneda nacional o en moneda extranjera, serán determinadas libremente conforme a la oferta y demanda de dinero", señala el artículo 44 de la Carta Orgánica del Banco Central del Paraguay. Sin embargo, la entidad establece determinados límites a esas figuras.

El artículo continúa diciendo que "se considerarán tasas de interés usurarias a las tasas compensatorias y punitoria, cuyas tasas efectivas excedan en un treinta por ciento (30%) el promedio de las tasas efectivas anuales percibidas por los Bancos y Financieras sobre créditos de consumo, de acuerdo a los plazos y monedas en que son concedidos dichos créditos".

¿Cuál es ese promedio?

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Ese promedio es la suma y división de lo que dentro de cada modalidad crediticia se establece en la oferta de créditos, incluyendo a os prestamos de consumo, de desarrollo y tarjeta de crédito.

Ese promedio es publicado en al fin de cada mes por la Superintendencia de Bancos. A partir de esa cifra se genera el límite usuario para el mes posterior, es decir, los números de enero, por ejemplo, sirven para regular la tasa de marzo.

TASAS ACTIVAS MÁXIMAS EFECTIVAS MONEDA LOCAL PARA EL MES DE MARZO DEL 20015 57,92 %
¿Qué es la usura para el código penal paraguayo?
El artículo 193 del código penal paraguayo se define la usura del siguiente modo:

1ro. El que explotando la necesidad, ligereza o inexperiencia de otro, se hiciera prometer u otorgar, para sí o para un tercero, una contraprestación que es evidentemente desproporcionada con relación a la prestación en los casos de:

1. un alquiler de vivienda o sus prestaciones accesorias;

2. un otorgamiento de crédito;

3. un otorgamiento de garantías excesivas respecto al riesgo; o

4. una intermediación en las prestaciones anteriormente señaladas, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa.

2do. Cuando el autor:

1. realizara el hecho comercialmente;

2. mediante el hecho produjera la indigencia de otro; o

3. se hiciera prometer beneficios patrimoniales usurarios mediante letra de cambio, pagaré o cheque, la pena privativa de libertad podrá ser aumentada hasta diez años.

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